La carta de “perdón de cuernos” es un tipo de documento notarial utilizado en la Edad Moderna, por el que el marido perdonaba la infidelidad de su mujer y de su amante.
La necesidad de este documento radica en que sin el perdón, siempre quedaba la duda de que en algún momento el marido matase a su mujer y al amante, con las consiguientes venganzas posteriores entre las familias implicadas, o que el propio marido fuese públicamente avergonzado por “consentidor”.
A cambio del perdón en ocasiones se otorgaba el divorcio, la mujer tenía que pagar una cantidad, o, como es el caso, se exigía que la mujer y el amante fueran exiliados.
Además de todo lo anterior, nuestra carta tiene la peculiaridad de que el marido era menor de edad (25 años) y por tanto tenía que renunciar a sus derechos como tal, con el objeto de que no se pudiese retractar de lo escrito al cumplir la mayoría de edad.
Escritura otorgada por Martín Rodríguez concediendo el perdón a su mujer Juana García y a Juan Jiménez, sentenciados a muerte por el delito de adulterio.
21 de enero de 1551.
Oficio 18, tomo 16, folio 647
Extracto:
“Sepan quantos esta carta vieren como yo Martín Rodriguez, hijo de Fernan Rodriguez, vesino que soy de la çibdad de Cordova en la collación de San Pedro, conosco e otorgo por esta presente carta: que por quanto soy ynformado que Juana Garçia, mi mujer, me cometio adulterio con Juan Ximenez, e e tratado pleyto antel sr alcalde de la Justiçia, criminalmente, en que fueron condenados a pena de muerte;
[…]
porque soy ynformado de personas dotas que no puedo executar la sentencia syn peligro de mi anima, e por el mucho amor que e tenido e tengo a la susodicha, e por bien de pas e concordia con los susodichos e sus deudos e parientes
[...]
e pido al señor Alcalde de la Justiçia que açete e haga la dicha aboliçion e la mande soltar de la dicha prision, e que la dicha sentencia no se execute contra los susodichos.
[…]
condiçion que la dicha Juana Garcia, mi muger, vaya desterrada desta cibdad de Cordova e su tierra por el tiempo que mi voluntad fuere
[…]
condiçion, que el dicho Juan Ximenez no biva ni este en Cordova ni en sus arrabales en todo el tiempo que fuere mi voluntad, e que no pueda entrar en esta Çibdad de Cordova.“
Muy interesante este blog. Me gusta mucho el tema.
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