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viernes, 18 de octubre de 2013

Reforma Laboral - Resultados a corto plazo

Bajo los argumentos mediante los cuales se le dió sustento a la Reforma Laboral que básicamente son la creación de más empleos (no mejores), el incremento de la competitividad y la productividad en el campo laboral del país y por ende el crecimiento de la economía nacional y así mismo el abatimiento de la gran pobreza que impera en territorio nacional, podemos ver, en estos meses de transcurrido el año, que los resultados esperados no han comenzado ni siquiera a cuajar y difícilmente lo harán con el paso del tiempo.

Según cálculos de los diversos actores, entre ellos la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y diversos grupos empresariales, los resultados de las modificaciones a la Ley Federal del Trabajo traerían los primeros visos positivos de ésta reforma al final del tercer trimestre del presente año, es decir, para finales de septiembre de 2013. El panorama no resulta tan alentador. Para estas fechas nuestro país ya había caído 11 (once) lugares en eficiencia dentro del mercado laboral según los índices del Foro Económico Mundial y que pasó del lugar 102 al 113 en una lista de 148 países. 

De igual manera según cifras oficiales del IMSS (Instituto Mexicano del Seguro Social), la creación de empleos cayó un 38% ya que en el período de enero - agosto del 2013 se crearon 352 mil 862 empleos y que contrasta con los 569 mil 921 empleos que se generaron en el mismo período de tiempo durante el año 2012, echando por tierra la previsión del titular de la STPS Alfonso Navarrete Prida quien aseguró que la Reforma Laboral daría más de 300 mil empleos adicionales a los que se lograron el año pasado.

Tal vez sea por eso que a inicio de año ya se tenían 36 iniciativas de reforma a la LFT y se cayó en la ilusión de que la flexibilidad laboral era la solución para crear nuevos empleos, esto sin tener en cuenta la calidad o la cantidad de los mismos.

Ahora bien hay que decir que las reglamentaciones a la nueva ley aún no están concluídas, y aún así una vez que lo estén falta analizarlas en lo que concierne a su impacto presupuestario y directamente en el trabajador. 

Si bien este es un esquema que favorece a las grandes y medianas empresas ya que les permite contratar por hora o a prueba, contratos iniciales o de outsourcing según analistas especializados en el tema la razón por la que no se han generado plazas laborales es porque “los empleos se crean con inversión en infraestructura y modernización de la planta productiva y las empresas no lo han hecho en este año como se esperaba”.




Y hoy amanecimos con la noticia de que tenemos nuevos impuestos...

martes, 15 de octubre de 2013

Reforma Laboral - Análisis de Académicos

¿Pero que es lo que los expertos dicen acerca de ésta Reforma Laboral?, me permito citar un artículo electrónico publicado en la revista electrónica Animal Político publicado el 7 de Octubre de 2012, justo cuando ésta era sólo una iniciativa de reforma.

Reforma Laboral - Condiciones Laborales


Flexibilidad y Formación.

Uno de los primeros cambios en cuanto a las condiciones laborales de esta Reforma Laboral es para la flexibilidad y formación del trabajador. Se reconoce como derecho del trabajador el recibir formación para adaptarse a las modificaciones del puesto de trabajo y para favorecer su empleabilidad, a cargo de la empresa. Se incorpora el derecho del trabajador a 20 horas al año (acumulables por un período de hasta tres años) de permiso retribuido para formación vinculada al puesto de trabajo, cuyo disfrute será fijado de mutuo acuerdo con el empresario.

Movilidad funcional y clasificación profesional.

Otro de los cambios de la condiciones laborales habla de la movilidad y la clasificación profesional. Se flexibiliza ya que únicamente nos encontramos ahora con grupos profesionales, desapareciendo la mención a categoría profesional.

Movilidad Geográfica.

La nueva Reforma Laboral también trae cambios en cuanto a la movilidad geográfica. Se flexibiliza la causa justificativa del traslado, considerando las que estén relacionadas con la competitividad, productividad y organización técnica o del trabajo en la empresa. Se elimina la intervención de la autoridad laboral una vez acordada la medida.

Tiempo de trabajo.

Más flexibilidad para el empresario también en esta condición laboral. En defecto de pacto, el empresario tendrá la facultad de distribuir de manera irregular el 5% de la jornada de trabajo a lo largo del año, en función de sus necesidades productivas.

Incapacidad Temporal y Vacaciones.

La Reforma Laboral 2012 también trata de regular esta condición. Se prevé que en el supuesto de que las vacaciones coincidan con una incapacidad temporal derivada de contingencias distintas a las de maternidad, el trabajador podrá disfrutarlas una vez finalizado el período de incapacidad temporal.

Reforma Laboral - Despidos

La indemnización por despido improcedente en la nueva Reforma Laboral pasa a ser de 33 días de salario por año de servicio, con el límite de 24 mensualidades, para todos los contratos que se firmen a partir del 12 de de febrero de 2013.

La indemnización por despido improcedente para los contratos vigentes a fecha 12 de febrero de 2013, deberá ser calculada de acuerdo a un doble cómputo. Hasta la fecha 11 de febrero de 2013 a razón de 45 días de salario por años de servicio, con un tope de 42 mensualidades, y a partir del día 12 de febrero de 2013 hasta la fecha del despido, a razón de 33 días de salario por año. 

La indemnización por despido improcedente no podrá ser superior a 720 días de salario, salvo que del cálculo de la indemnización por el periodo anterior a la entrada en vigor del Real Decreto Ley resultase un número de días superior, en cuyo caso se aplicará éste como importe indemnizatorio máximo, sin que pueda superar las 42 mensualidades en ningún caso. Así, ni más de 42 meses ni más de 720 días de indemnización.

La Reforma Laboral del 2012 cambia la carga de la prueba en la procedencia o no del despido corresponde al trabajador: en lugar de ser el empresario quien demuestre que el despido es procedente, deberá ser el trabajador quien demuestre que es improcedente.

Cuando el despido sea declarado por el Juzgado como improcedente y la empresa opte por la indemnización, la fecha de efectos del despido será la de la efectiva extinción de la relación laboral, sin que proceda el abono de salarios de tramitación en ese supuesto.

En los casos de despido nulo, o despido declarado como improcedente en el que la empresa opte por la readmisión, procederá el abono de los salarios de tramitación.

domingo, 13 de octubre de 2013

Reforma Laboral - Contratación

Contratación por tres vías

Lo que plantea la reforma laboral es que la contratación se dé por tres situaciones:

1. “El contrato a prueba, que lo teníamos completamente prohibido por la ley y ahora se está permitiendo que se contrate a prueba no más de 30 días, en donde se tiene que analizar si el trabajador tiene la capacidad para realizar el trabajo.

2. “El trabajo por hora, que no es como lo comentan los trabajadores, que están queriendo dividir el salario mínimo en ocho horas. Claro está que el valor hora no llega ni a ocho pesos ($0.61 dólares). Lo que dice la propuesta es que, independientemente de las horas que trabajen, tienen que ganar por lo menos el salario mínimo. Esto quiere decir que si se le va a contratar por hora y no llega a las ocho horas, de todas maneras debe cobrar el salario mínimo.

3. “La nueva ley limita a los patrones que ahora no pueden contratar a través de estas prestadoras de servicio a puestos que sí pueden quedar contratados dentro de la empresa, sino que se tiene que justificar que su carácter es especializado, no solamente contratar por contratar".




Reforma Laboral - Sindicatos

Sindicatos


Cambiar las leyes laborales de México es una vieja aspiración de partidos de derecha y grupos empresariales, e incluso una propuesta muy similar a la que ahora se aprobó fue presentada en 1994 al entonces presidente Ernesto Zedillo.

Desde entonces hubo al menos cinco intentos por flexibilizar el mercado laboral, pero las iniciativas no prosperaron por la oposición de los grandes sindicatos corporativos y la falta de apoyo de partidos políticos de oposición.

Ahora las condiciones fueron distintas pues la propuesta de reforma fue apoyada por el actual presidente Felipe Calderón, quien la envió al Congreso, y el presidente electo Enrique Peña Nieto.

Pero aún así el debate duró 71 días, y el texto finalmente aprobado no es el mismo que la iniciativa original.

Uno de los temas que no prosperó fue el conocido como “democracia sindical”, una serie de enmiendas para garantizar que los trabajadores elijan en voto secreto y mediante elecciones limpias a sus líderes gremiales.

La propuesta también incluía obligar a los sindicatos a informar el uso de sus finanzas, así como el derecho de los empleados de una empresa a conocer el nombre del sindicato al que están afiliados, algo que ahora ocurre en muy pocos casos según especialistas e investigadores.

Esta parte de la reforma no fue aprobada por completo. Según la enmienda legal ahora los líderes gremiales deben rendir cuentas cada seis meses durante una asamblea.



El senador Javier Lozano, del conservador Partido Acción Nacional (PAN), afirmó que insistirá en este tema, y en eso coincide la secretaria del Trabajo.

Más allá de la polémica, para el sector privado la reforma laboral fue una buena noticia. El entonces presidente del Consejo Coordinador Empresarial, Gerardo Gutiérrez Candiani, dice que las modificaciones legales ayudarán a que el Producto Interno Bruto aumente 1,5%.

También combatirá la economía informal, asegura, uno de los mayores problemas del país. Según cifras oficiales, al menos 18 millones de personas están subempleadas, y otros siete millones de jóvenes no encuentran empleo. Casi la mitad de la Población Económicamente Activa de México.



Reformal Laboral - Salarios

¿Qué dice la Reforma Laboral en cuanto a salarios?


La reforma laboral tiene varios temas polémicos, como la posibilidad de que una persona pueda ser contratada por algunas horas o en jornadas discontinuas, es decir, en horarios flexibles.

También se autorizan contratos a prueba o de capacitación, que pueden durar desde un mes hasta medio año.

En caso de que el empresario decida no emplear a quienes mantuvo en prueba no está obligado a pagar indemnización alguna por sus servicios.

De acuerdo con la secretaria Vélez Juárez en todos los casos los patrones están obligados a pagar el salario mínimo y ofrecer prestaciones de seguridad social, incluso a quienes sólo laboren unas cuantas horas. Además, los trabajadores pueden negociar directamente el monto de su sueldo.

Los críticos de la reforma, como el senador Alejandro Encinas del izquierdista Partido de la Revolución Democrática (PRD), dicen que es insuficiente.

Según las leyes actuales el sueldo debe ser “remunerador”, es decir que satisfaga las necesidades básicas de una familia pero en México el salario mínimo es, en promedio, de US$5 por una jornada de ocho horas.

Encinas afirma que la enmienda legal deja en libertad a los patrones de decidir el sueldo que ofrecen por un empleo. Y es parte del problema, completa el investigador Marcos Tello.

En el país existe una amplia sobreoferta de mano de obra, añade, y muchos desempleados estarían dispuestos a aceptar cualquier condición con tal de obtener un ingreso.

“Aumentará el número de personas contratadas temporalmente, pero es previsible que no suba el número de horas disponibles de trabajo”, explica.

Hay, además, un punto adicional en la polémica. Actualmente los trabajadores despedidos que ganan su reinstalación mediante un juicio tienen derecho a recibir el dinero equivalente a todos los salarios que debió recibir durante el tiempo del proceso.

La reforma laboral, en cambio, dice que sólo deberá pagarse el equivalente a un año de sueldo. Y en México, apunta Tello, los juicios laborales tardan, en promedio, 4,8 años en resolverse.

Votación de la Reforma Laboral

viernes, 11 de octubre de 2013

Reforma Laboral

Especialistas dicen que los trabajadores pierden con el cambio a las leyes laborales mexicanas. El gobierno insiste en que la reforma generará empleo.


El Senado de México aprobó por mayoría de votos una controvertida modificación a la Ley Federal del Trabajo, que por primera vez en 95 años permite, oficialmente, empleos de unas cuantas horas y no por jornadas completas; autoriza contratos a prueba y según especialistas facilita el despido de trabajadores.


Autoridades y grupos empresariales, en cambio, insisten que ahora será posible crear miles de nuevos empleos.

A decir de la Secretaria del Trabajo, Rosalinda Vélez Juárez:"Es sin duda una reforma laboral con rostro humano pues busca una protección más efectiva de los derechos de los trabajadores".

Por otra parte, investigadores de la talla del Dr. Marcos Tello de la Universidad Obrera de México han señalado que los efectos de dicha reforma serán totalmente contrarios a los que las versiones oficiales han venido promoviendo.

"Estimula todas las formas de trabajo informal porque debilita la contratación colectiva, uno de los principales mecanismos de defensa de los trabajadores”, explica. “Esta reforma pone en el centro el interés de los patrones”.

Sin duda un tema que hay que analizar a fondo y que iremos desglosando poco a poco según las afectaciones al trabajador.





Reforma Laboral

¿En qué consiste la Reforma Laboral para México aprobada a principios del 2013?

Como venimos diciendo ésta reforma fue propuesta por el expresidente Felipe Calderón Hinojosa antes de concluir su sexenio, en las postrimerias del año pasado 2012. 

Aprobada por la vía fast track, es decir, de manera muy rápida, sin discusión ni debates de fondo al respecto, tomó por sorpresa al grueso de la fuerza laboral en el país, y que a decir de múltiples encuestas no era comprendida en su totalidad.

Debemos tener en cuenta que la Ley Federal del Trabajo no cambió en los últimos cuarenta años, entonces es lógico comprender que esta reforma haya causado más dudas e incertidumbre que las soluciones o estabilidad que pretendía ofrecer. 

Para su análisis se han dispuesto cinco ejes principales, lo que se refiere a la relación individual, relación colectiva, lo concerniente al Derecho Procesal del Trabajo, conceptos generales y demás asuntos relacionados.